Micelio
Auto29 de octubre de 2009

A- de 2009

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Tema · dato duro
Seguimiento A La Sentencia T-025-04. Se Recibieron Informes De Diferentes Entidades Territoriales Y Universidades Respecto De La Situación Actual De Desplazamiento Forzado, La Corte Presenta Unas Consideraciones Y Conclusiones Relativas A La Coordinación Entre La Nación Y Las Entidades Territoriales En Materia De Atención Integral A La Población Desplazada Y Respecto Del Balance De Cumplimiento De Las Órdenes Emitidas Por Esta Corporación Respecto Del Tema. Se Fijan 7 Sesiones Técnicas Regionales, Para Ayudar A  La Superación Del Estado De Cosas Inconstitucional, Se Da La Información Requerida Y Cuestionario De Preguntas Para Las Entidades Nacionales Y Territoriales Convocadas Para Dichas Sesiones Técnicas Regionales.
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (556 puntos)
  1. Primero. CITAR por medio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, a unas SESIONES TECNICAS REGIONALES sobre coordinacion y corresponsabilidad entre la Nacion y las Entidades Territoriales en materia de atencion integral a la poblacion desplazada, ante la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 y Autos de cumplimiento de la Corte Constitucional, a las siguientes entidades del orden nacional: al Ministro del Interior y de Justicia, al Ministro de Hacienda y Credito Publico, al Director del Departamento de Planeacion Nacional DNP, a las diferentes entidades que conforman el Consejo Nacional de Atencion Integral a la Poblacion Desplazada y al Director de Accion Social.
  2. Las entidades nacionales convocadas a las Sesiones Tecnicas Regionales deberan presentar un informe detallado y pormenorizado acerca de (i) el cumplimiento de las ordenes impartidas por la Corte en el Auto 07 de 2009; (ii) la informacion requerida por la Corte acerca de a) el diagnostico sobre las falencias y obstaculos que se presentan en la coordinacion entre la Nacion y las entidades territoriales para la atencion integral a la poblacion desplazada y el logro del goce efectivo de los derechos de esta poblacion; y b) una propuesta concreta de soluciones a las falencias y obstaculos de orden institucional, estructural, presupuestales y tecnicos encontrados; y (iii) las respuestas al cuestionario de preguntas elaborado por la Corte para cada entidad. Lo anterior, de conformidad con lo determinado en el numeral 3 del capitulo IX de la presente providencia.
  3. Segundo. FIJAR para la realizacion de la PRIMERA SESION TECNICA REGIONAL el dia jueves diecinueve (19) de noviembre de 2009, entre las ocho de la manana (8:00 AM) y las cinco de la tarde (5:00PM) en la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia del Palacio de Justicia.
  4. Tercero. CITAR, por medio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, para la PRIMERA SESION TECNICA REGIONAL sobre coordinacion y corresponsabilidad entre la Nacion y las entidades territoriales para la atencion integral a la poblacion desplazada, ante la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 y Autos de cumplimiento de la Corte Constitucional, a las siguientes autoridades territoriales de orden departamental, distrital y municipal, tanto a los gobernadores y alcaldes, como tambien a los secretarios departamentales, distritales y municipales de gobierno, hacienda y planeacion, y a los personeros, de dichas entidades territoriales:
  5. A los departamentos de Antioquia, Cundinamarca y Valle del Cauca.
  6. A las alcaldias distritales de Bogota D.C.
  7. A las alcaldias municipales de Medellin, Cali y Soacha.
  8. Las entidades territoriales convocadas a las Sesiones Tecnicas Regionales deberan presentar un informe detallado y pormenorizado acerca de (i) el cumplimiento de las ordenes impartidas por la Corte en el Auto 07 de 2009; (ii) la informacion requerida por la Corte acerca de a) el diagnostico sobre las falencias y obstaculos que se presentan en la coordinacion entre la Nacion y las entidades territoriales para la atencion integral a la poblacion desplazada y el logro del goce efectivo de los derechos de esta poblacion; b) una propuesta concreta de soluciones a las falencias y obstaculos de orden institucional, estructural, presupuestales y tecnicos encontrados; y c) sobre temas puntuales; y (iii) las respuestas al cuestionario de preguntas elaborado por la Corte para cada entidad. Lo anterior, de conformidad con lo determinado en el numeral 3 del capitulo IX de la presente providencia.
  9. Cuarto. FIJAR como fecha, lugar y entidades territoriales convocadas para la celebracion de las restantes Sesiones Tecnicas Regionales sobre coordinacion y corresponsabilidad entre la Nacion y las entidades territoriales para la atencion integral a la poblacion desplazada, las siguientes:
  10. 1. Para la realizacion de la segunda Sesion Tecnica Regional el dia jueves (03) de diciembre de 2009, entre las ocho de la manana (8:00 AM) y las cinco de la tarde (5:00PM) en la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia del Palacio de Justicia.
  11. Citar para esta Sesion Tecnica Regional a las autoridades territoriales de orden departamental, distrital y municipal, tanto a los gobernadores y alcaldes, como tambien a los secretarios departamentales, distritales y municipales de gobierno, hacienda y planeacion, y a los personeros, de los siguientes departamentos y municipios de la region de la costa caribe:
  12. Departamento y Municipios
  13. ATLANTICO
  14. BARRANQUILLA
  15. ATLANTICO
  16. MALAMBO
  17. ATLANTICO
  18. SOLEDAD
  19. BOLIVAR
  20. DEPARTAMENTO
  21. BOLIVAR
  22. BARRANCO DE LOBA
  23. BOLIVAR
  24. CANTAGALLO
  25. BOLIVAR
  26. CARTAGENA
  27. BOLIVAR
  28. CORDOBA
  29. BOLIVAR
  30. EL CARMEN DE BOLIVAR
  31. BOLIVAR
  32. MAGANGUE
  33. BOLIVAR
  34. MARIA LA BAJA
  35. BOLIVAR
  36. MONTECRISTO
  37. BOLIVAR
  38. MORALES
  39. BOLIVAR
  40. RIO VIEJO
  41. BOLIVAR
  42. SAN JACINTO
  43. BOLIVAR
  44. SAN JUAN NEPOMUCENO
  45. BOLIVAR
  46. SAN PABLO
  47. BOLIVAR
  48. SANTA ROSA
  49. BOLIVAR
  50. SANTA ROSA DEL SUR
  51. BOLIVAR
  52. SIMITI
  53. BOLIVAR
  54. TIQUISIO
  55. BOLIVAR
  56. ZAMBRANO
  57. CESAR
  58. AGUACHICA
  59. CESAR
  60. AGUSTIN CODAZZI
  61. CESAR
  62. ASTREA
  63. CESAR
  64. BECERRIL
  65. CESAR
  66. BOSCONIA
  67. CESAR
  68. CHIRIGUANA
  69. CESAR
  70. CURUMANI
  71. CESAR
  72. EL COPEY
  73. CESAR
  74. LA JAGUA DE IBIRICO
  75. CESAR
  76. LA PAZ
  77. CESAR
  78. PAILITAS
  79. CESAR
  80. PELAYA
  81. CESAR
  82. PUEBLO BELLO
  83. CESAR
  84. SAN DIEGO
  85. CESAR
  86. VALLEDUPAR
  87. CORDOBA
  88. MONTELIBANO
  89. CORDOBA
  90. MONTERIA
  91. CORDOBA
  92. PUERTO LIBERTADOR
  93. CORDOBA
  94. TIERRALTA
  95. CORDOBA
  96. VALENCIA
  97. LA GUAJIRA
  98. DIBULLA
  99. LA GUAJIRA
  100. DISTRACCION
  101. LA GUAJIRA
  102. EL MOLINO
  103. LA GUAJIRA
  104. MAICAO
  105. LA GUAJIRA
  106. RIOHACHA
  107. LA GUAJIRA
  108. SAN JUAN DEL CESAR
  109. MAGDALENA
  110. ARACATACA
  111. MAGDALENA
  112. CHIBOLO
  113. MAGDALENA
  114. CIENAGA
  115. MAGDALENA
  116. EL BANCO
  117. MAGDALENA
  118. EL RETEN
  119. MAGDALENA
  120. FUNDACION
  121. MAGDALENA
  122. PIVIJAY
  123. MAGDALENA
  124. PLATO
  125. MAGDALENA
  126. PUEBLOVIEJO
  127. MAGDALENA
  128. REMOLINO
  129. MAGDALENA
  130. SANTA ANA
  131. MAGDALENA
  132. SANTA MARTA
  133. MAGDALENA
  134. SITIONUEVO
  135. MAGDALENA
  136. ZONA BANANERA
  137. SUCRE
  138. CHALAN
  139. SUCRE
  140. COLOSO
  141. SUCRE
  142. COROZAL
  143. SUCRE
  144. GALERAS
  145. SUCRE
  146. GUARANDA
  147. SUCRE
  148. LOS PALMITOS
  149. SUCRE
  150. MAJAGUAL
  151. SUCRE
  152. MORROA
  153. SUCRE
  154. OVEJAS
  155. SUCRE
  156. SAN BENITO ABAD
  157. SUCRE
  158. SAN ONOFRE
  159. SUCRE
  160. SINCELEJO
  161. SUCRE
  162. SUCRE
  163. SUCRE
  164. TOLU VIEJO
  165. 2. Para la realizacion de la tercera Sesion Tecnica Regional el dia el jueves dieciocho (18) de febrero de 2010, entre las ocho de la manana (8:00 AM) y las cinco de la tarde (5:00PM) en la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia del Palacio de Justicia.
  166. Citar para esta Sesion Tecnica Regional a las autoridades territoriales de orden departamental, distrital y municipal, tanto a los gobernadores y alcaldes, como tambien a los secretarios departamentales, distritales y municipales de gobierno, hacienda y planeacion, y a los personeros, de los siguientes departamentos y municipios de la region sur oriental del pais:
  167. Departamentos y Municipios
  168. CAUCA
  169. ARGELIA
  170. CAUCA
  171. BALBOA
  172. CAUCA
  173. BOLIVAR
  174. CAUCA
  175. BUENOS AIRES
  176. CAUCA
  177. CAJIBIO
  178. CAUCA
  179. EL TAMBO
  180. CAUCA
  181. GUAPI
  182. CAUCA
  183. LA VEGA
  184. CAUCA
  185. LOPEZ
  186. CAUCA
  187. MIRANDA
  188. CAUCA
  189. PATIA
  190. CAUCA
  191. PIAMONTE
  192. CAUCA
  193. POPAYAN
  194. CAUCA
  195. SANTANDER DE QUILICHAO
  196. CAUCA
  197. TIMBIQUI
  198. CAUCA
  199. TORIBIO
  200. NARINO
  201. BARBACOAS
  202. NARINO
  203. CUMBITARA
  204. NARINO
  205. EL CHARCO
  206. NARINO
  207. LEIVA
  208. NARINO
  209. LOS ANDES
  210. NARINO
  211. OLAYA HERRERA
  212. NARINO
  213. PASTO
  214. NARINO
  215. POLICARPA
  216. NARINO
  217. ROBERTO PAYAN
  218. NARINO
  219. SAMANIEGO
  220. NARINO
  221. SANTA BARBARA
  222. NARINO
  223. TAMINANGO
  224. NARINO
  225. TUMACO
  226. PUTUMAYO
  227. LEGUIZAMO
  228. PUTUMAYO
  229. MOCOA
  230. PUTUMAYO
  231. ORITO
  232. PUTUMAYO
  233. PUERTO ASIS
  234. PUTUMAYO
  235. PUERTO CAICEDO
  236. PUTUMAYO
  237. PUERTO GUZMAN
  238. PUTUMAYO
  239. SAN MIGUEL
  240. PUTUMAYO
  241. VALLE DEL GUAMUEZ
  242. PUTUMAYO
  243. VILLAGARZON
  244. VALLE DEL CAUCA
  245. BUENAVENTURA
  246. VALLE DEL CAUCA
  247. CALI
  248. VALLE DEL CAUCA
  249. DAGUA
  250. VALLE DEL CAUCA
  251. JAMUNDI
  252. VALLE DEL CAUCA
  253. TULUA
  254. 3. Para la realizacion de la cuarta Sesion Tecnica Regional el dia jueves veinticinco (25) de marzo de 2010, entre las ocho de la manana (8:00 AM) y las cinco de la tarde (5:00PM) en la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia del Palacio de Justicia.
  255. Citar para esta Sesion Tecnica Regional a las siguientes autoridades territoriales de orden departamental, distrital y municipal, tanto a los gobernadores y alcaldes, como tambien a los secretarios departamentales, distritales y municipales de gobierno, hacienda y planeacion, y a los personeros, de los siguientes departamentos y municipios de la region sur occidental del pais:
  256. ARAUCA
  257. ARAUCA
  258. ARAUCA
  259. ARAUQUITA
  260. ARAUCA
  261. SARAVENA
  262. ARAUCA
  263. TAME
  264. CAQUETA
  265. BELEN DE LOS ANDAQUIES
  266. CAQUETA
  267. CARTAGENA DEL CHAIRA
  268. CAQUETA
  269. CURILLO
  270. CAQUETA
  271. EL DONCELLO
  272. CAQUETA
  273. EL PAUJIL
  274. CAQUETA
  275. FLORENCIA
  276. CAQUETA
  277. LA MONTANITA
  278. CAQUETA
  279. MILAN
  280. CAQUETA
  281. PUERTO RICO
  282. CAQUETA
  283. SAN JOSE DEL FRAGUA
  284. CAQUETA
  285. SAN VICENTE DEL CAGUAN
  286. CAQUETA
  287. SOLANO
  288. CAQUETA
  289. SOLITA
  290. CAQUETA
  291. VALPARAISO
  292. CASANARE
  293. CHAMEZA
  294. CASANARE
  295. YOPAL
  296. GUAINIA
  297. INIRIDA
  298. GUAVIARE
  299. CALAMAR
  300. GUAVIARE
  301. EL RETORNO
  302. GUAVIARE
  303. MIRAFLORES
  304. GUAVIARE
  305. SAN JOSE DEL GUAVIARE
  306. META
  307. ACACIAS
  308. META
  309. EL CASTILLO
  310. META
  311. GRANADA
  312. META
  313. LA MACARENA
  314. META
  315. LEJANIAS
  316. META
  317. MAPIRIPAN
  318. META
  319. MESETAS
  320. META
  321. PUERTO CONCORDIA
  322. META
  323. PUERTO LLERAS
  324. META
  325. PUERTO RICO
  326. META
  327. SAN JUAN DE ARAMA
  328. META
  329. URIBE
  330. META
  331. VILLAVICENCIO
  332. META
  333. VISTAHERMOSA
  334. VAUPES
  335. TARAIRA
  336. VICHADA
  337. CUMARIBO
  338. AMAZONAS
  339. LETICIA
  340. 4. Para la realizacion de la quinta Sesion Tecnica Regional el dia jueves veintinueve (29) de abril de 2010, entre las ocho de la manana (8:00 AM) y las cinco de la tarde (5:00PM) en la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia del Palacio de Justicia.
  341. Citar para esta Sesion Tecnica Regional a las siguientes autoridades territoriales de orden departamental, distrital y municipal, tanto a los gobernadores y alcaldes, como tambien a los secretarios departamentales, distritales y municipales de gobierno, hacienda y planeacion, y a los personeros, de los siguientes departamentos y municipios de la region nororiental del pais:
  342. ANTIOQUIA
  343. ABEJORRAL
  344. ANTIOQUIA
  345. ANORI
  346. ANTIOQUIA
  347. APARTADO
  348. ANTIOQUIA
  349. ARBOLETES
  350. ANTIOQUIA
  351. ARGELIA
  352. ANTIOQUIA
  353. BETULIA
  354. ANTIOQUIA
  355. CACERES
  356. ANTIOQUIA
  357. CAREPA
  358. ANTIOQUIA
  359. CAUCASIA
  360. ANTIOQUIA
  361. CHIGORODO
  362. ANTIOQUIA
  363. COCORNA
  364. ANTIOQUIA
  365. DABEIBA
  366. ANTIOQUIA
  367. EL BAGRE
  368. ANTIOQUIA
  369. FRONTINO
  370. ANTIOQUIA
  371. GRANADA
  372. ANTIOQUIA
  373. ITUANGO
  374. ANTIOQUIA
  375. MEDELLIN
  376. ANTIOQUIA
  377. MONTEBELLO
  378. ANTIOQUIA
  379. MURINDO
  380. ANTIOQUIA
  381. MUTATA
  382. ANTIOQUIA
  383. NARINO
  384. ANTIOQUIA
  385. NECOCLI
  386. ANTIOQUIA
  387. OLAYA
  388. ANTIOQUIA
  389. PEQUE
  390. ANTIOQUIA
  391. SAN CARLOS
  392. ANTIOQUIA
  393. SAN FRANCISCO
  394. ANTIOQUIA
  395. SAN JUAN DE URABA
  396. ANTIOQUIA
  397. SAN LUIS
  398. ANTIOQUIA
  399. SAN PEDRO DE URABA
  400. ANTIOQUIA
  401. SAN RAFAEL
  402. ANTIOQUIA
  403. SEGOVIA
  404. ANTIOQUIA
  405. SONSON
  406. ANTIOQUIA
  407. TARAZA
  408. ANTIOQUIA
  409. TURBO
  410. ANTIOQUIA
  411. URRAO
  412. ANTIOQUIA
  413. VIGIA DEL FUERTE
  414. ANTIOQUIA
  415. YONDO
  416. ANTIOQUIA
  417. ZARAGOZA
  418. CALDAS
  419. PENSILVANIA
  420. CALDAS
  421. SAMANA
  422. CHOCO
  423. ACANDI
  424. CHOCO
  425. ALTO BAUDO
  426. CHOCO
  427. BAGADO
  428. CHOCO
  429. BOJAYA
  430. CHOCO
  431. CARMEN DEL DARIEN
  432. CHOCO
  433. CONDOTO
  434. CHOCO
  435. EL CARMEN DE ATRATO
  436. CHOCO
  437. ISTMINA
  438. CHOCO
  439. JURADO
  440. CHOCO
  441. MEDIO ATRATO
  442. CHOCO
  443. NOVITA
  444. CHOCO
  445. NUQUI
  446. CHOCO
  447. QUIBDO
  448. CHOCO
  449. RIOSUCIO
  450. CHOCO
  451. SAN JOSE DEL PALMAR
  452. CHOCO
  453. TADO
  454. CHOCO
  455. UNGUIA
  456. RISARALDA
  457. PUEBLO RICO
  458. 5. Para la realizacion de la sexta Sesion Tecnica Regional el dia jueves veintisiete (27) de mayo de 2010, entre las ocho de la manana (8:00 AM) y las cinco de la tarde (5:00PM) en la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia del Palacio de Justicia.
  459. Citar para esta Sesion Tecnica Regional a las siguientes autoridades territoriales de orden departamental, distrital y municipal, tanto a los gobernadores y alcaldes, como tambien a los secretarios departamentales, distritales y municipales de gobierno, hacienda y planeacion, y a los personeros, de los siguientes departamentos y municipios de la region noroccidental del pais:
  460. NORTE DE SANTANDER
  461. CONVENCION
  462. NORTE DE SANTANDER
  463. CUCUTA
  464. NORTE DE SANTANDER
  465. EL CARMEN
  466. NORTE DE SANTANDER
  467. EL TARRA
  468. NORTE DE SANTANDER
  469. OCANA
  470. NORTE DE SANTANDER
  471. SAN CALIXTO
  472. NORTE DE SANTANDER
  473. SARDINATA
  474. NORTE DE SANTANDER
  475. TEORAMA
  476. NORTE DE SANTANDER
  477. TIBU
  478. SANTANDER
  479. BARRANCABERMEJA
  480. SANTANDER
  481. BUCARAMANGA
  482. SANTANDER
  483. PUERTO WILCHES
  484. SANTANDER
  485. SABANA DE TORRES
  486. 6. Para la realizacion de la septima Sesion Tecnica Regional el dia jueves veinticuatro (24) de junio de 2010, entre las ocho de la manana (8:00 AM) y las cinco de la tarde (5:00PM) en la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia del Palacio de Justicia.
  487. Citar para esta Sesion Tecnica Regional a las siguientes autoridades territoriales de orden departamental, distrital y municipal, tanto a los gobernadores y alcaldes, como tambien a los secretarios departamentales, distritales y municipales de gobierno, hacienda y planeacion, y a los personeros, de los siguientes departamentos y municipios de la region andina del pais:
  488. BOYACA
  489. PISBA
  490. CUNDINAMARCA
  491. LA PALMA
  492. CUNDINAMARCA
  493. SOACHA
  494. CUNDINAMARCA
  495. VIOTA
  496. HUILA
  497. ALGECIRAS
  498. HUILA
  499. COLOMBIA
  500. HUILA
  501. GARZON
  502. HUILA
  503. NEIVA
  504. HUILA
  505. PITALITO
  506. TOLIMA
  507. ATACO
  508. TOLIMA
  509. CHAPARRAL
  510. TOLIMA
  511. COYAIMA
  512. TOLIMA
  513. CUNDAY
  514. TOLIMA
  515. DOLORES
  516. TOLIMA
  517. IBAGUE
  518. TOLIMA
  519. LIBANO
  520. TOLIMA
  521. NATAGAIMA
  522. TOLIMA
  523. ORTEGA
  524. TOLIMA
  525. PLANADAS
  526. TOLIMA
  527. PRADO
  528. TOLIMA
  529. RIOBLANCO
  530. TOLIMA
  531. ROVIRA
  532. TOLIMA
  533. SAN ANTONIO
  534. 7. Determinar que a las anteriores SESIONES TECNICAS REGIONALES deberan asistir las autoridades territoriales convocadas: gobernadores y alcaldes, como tambien los respectivos secretarios departamentales, distritales y municipales de gobierno, hacienda y planeacion, de dichas entidades territoriales.
  535. Que la Corte podra decidir en su oportunidad la celebracion de algunas de dichas Sesiones Tecnicas Regionales en regiones del pais.
  536. Que la Sala Especial de Seguimiento podra convocar en su debido momento a otras entidades territoriales a las Sesiones Tecnicas Regionales.
  537. Que la presente providencia y los resultados de las Sesiones Tecnicas Regionales seran comunicados por la Corte Constitucional a todas las entidades territoriales del pais. Por tanto, aquellas entidades territoriales que no hayan sido convocadas por la Corte a las Sesiones Tecnicas Regionales, tendran al igual que las entidades territoriales que hayan sido convocadas a dichas Sesiones Tecnicas Regionales, la obligacion de allegar a la Corte Constitucional, a mas tardar el 10 de julio de 2010, la informacion solicitada y el cuestionario de preguntas formulado por la Corte.
  538. Quinto. DETERMINAR que la metodologia de cada una de las SESIONES TECNICAS REGIONALES convocadas, tendra en cuenta la prevalencia de la intervencion por parte de las entidades territoriales citadas, dado el caracter y los objetivos de estas Sesiones, asi como el gran numero de entidades territoriales citadas. A las entidades nacionales, a los organismos de control y a las organizaciones nacionales e internacionales invitadas, la Corte les podra solicitar, si es del caso, presentar la informacion solo por escrito. La informacion aportada por las entidades nacionales, organismos de control y organizaciones nacionales e internacionales, asi como sus observaciones respecto de lo expuesto por las entidades territoriales, sera remitida por la Corte a las entidades territoriales. Asi mismo, la Corte podra solicitar a las entidades territoriales de orden municipal citadas, que se agrupen y organicen por subregiones, de conformidad con su cercania geografica y la caracterizacion comun de la problematica sobre desplazamiento, con el fin de que designen un vocero que intervenga en nombre de ellas en las Sesiones Tecnicas Regionales ante la Sala Especial de Seguimiento. La metodologia de cada Sesion Tecnica Regional, dada la especificidad de cada una de ellas, sera decidida y comunicada oportunamente por la Corte antes de la realizacion de las mismas.
  539. Sexto. ORDENAR al Ministerio del Interior y de Justicia, que coordine conjuntamente con las entidades que integran el Consejo Nacional para la Atencion Integral a la Poblacion Desplazada CNAIPD y la Comision de Seguimiento a la Politica Publica de Atencion a la Poblacion Desplazada, la realizacion de unas sesiones tecnicas preparatorias de las SESIONES TECNICAS REGIONALES convocadas por la Corte sobre coordinacion y corresponsabilidad entre la Nacion y las entidades territoriales en materia de atencion integral a la poblacion desplazada, sesiones preparatorias en las que deberan participar las entidades territoriales convocadas a las sesiones tecnicas regionales respectivas.
  540. Las sesiones tecnicas preparatorias debera coordinarlas y realizarlas el Ministerio del Interior, a partir de la realizacion de la primera Sesion Tecnica Regional el diecinueve (19) de noviembre de 2009, con el fin de preparar las siguientes sesiones tecnicas convocadas para las fechas establecidas en el ordinal
  541. tercero. de la parte resolutiva de esta providencia.
  542. Septimo. ORDENAR al Ministro del Interior y de Justicia que garantice, conjuntamente con el Ministro de Hacienda y Credito Publico, y el Director del Departamento Nacional de Planeacion DNP, la incorporacion de las partidas y asignaciones presupuestales necesarias y suficientes en el Presupuesto General de la Nacion, asi como la ejecucion de las mismas, a partir del presupuesto del ano 2010 y en adelante, con el fin de garantizar la prevencion del desplazamiento forzado, la atencion integral a la poblacion desplazada, y el goce efectivo de derechos de las victimas del desplazamiento forzado, hasta superar el estado de cosas inconstitucional. Para el cumplimiento de lo anterior, se debera tener en cuenta los estudios tecnicos sobre estimacion de costos para la atencion integral a poblacion desplazada, del Departamento Nacional de Planeacion y del Ministerio de Hacienda. El Ministerio del Interior y de Justicia y el Ministerio de Hacienda y Credito Publico, deberan presentar informacion a la Corte Constitucional, durante el proceso de debate y aprobacion del Presupuesto General de la Nacion de cada vigencia fiscal, y una vez aprobado el Presupuesto General de la Nacion de cada vigencia fiscal, de conformidad con lo ordenado en el Auto 08 de 2009. Asi mismo, estas entidades del gobierno nacional deberan presentar esta informacion sobre el presupuesto destinado y ejecutado por el Gobierno Nacional para la atencion integral de la poblacion desplazada, en las Sesiones Tecnicas Regionales convocadas mediante esta providencia.
  543. Octavo. ORDENAR a todas las autoridades de entidades territoriales del pais, gobernadores, alcaldes distritales y municipales, que garanticen la incorporcion de las partidas y asignaciones presupuestales necesarias y suficientes en los respectivos presupuestos departamentales, distritales y municipales, asi como la ejecucion de las mismas, a partir de los presupuestos del ano 2010 y en adelante, con el fin de garantizar la prevencion del desplazamiento forzado, la atencion integral a la poblacion desplazada, y el goce efectivo de derechos de las victimas del desplazamiento forzado. Para lo anterior, el Departamento de Planeacion Nacional, conjuntamente con el Ministerio de Hacienda y Credito Publico, el Ministerio del Interior y de Justicia y las autoridades territoriales, coordinara los estudios tecnicos necesarios para que dicha inclusion y asignacion presupuestal en los presupuestos territoriales sea eficaz y efectiva. De lo anterior, tanto el Departamento Nacional de Planeacion, el Ministerio de Hacienda y Credito Publico, el Ministerio del Interior y de Justicia, y cada una de entidades territoriales del pais, deberan presentar informacion ante la Corte Constitucional, durante el proceso de debate y aprobacion del Presupuesto de cada vigencia fiscal de cada entidad territorial, y una vez aprobado el Presupuesto de cada vigencia fiscal de la entidad territorial respectiva. Asi mismo, la informacion relativa al presupuesto destinado y ejecutado por los gobiernos territoriales debera presentarse por las autoridades locales en cada una de las Sesiones Tecnicas Regionales convocadas mediante la presente providencia.
  544. Noveno. INVITAR, por medio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, al Procurador General de la Nacion, al Defensor del Pueblo, al Contralor General de la Republica, y a la Comision de Seguimiento a la Politica Publica para el Desplazamiento Forzado, a las SESIONES TECNICAS REGIONALES sobre coordinacion y corresponsabilidad entre la Nacion y las entidades territoriales en materia de atencion integral a poblacion desplazada, quienes podran intervenir en la Sesion Tecnica de conformidad con los criterios metodologicos que fije la Corte. Estas entidades deberan informar a la Corte a mas tardar el martes tres (3) de noviembre de 2009, sobre los asistentes a dichas Sesiones Tecnicas Regionales.
  545. Decimo. INVITAR, por medio de la Secretaria General de esta Corporacion, a la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados -ACNUR- y al Consejo Noruego para Refugiados, para que participen en las SESIONES TECNICAS REGIONALES sobre coordinacion y corresponsabilidad entre la Nacion y las entidades territoriales en materia de atencion integral a la poblacion desplazada ante la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 y Autos de cumplimiento. El organismo internacional debera informar a mas tardar el martes tres (3) de noviembre de 2009, el nombre del representante y de los expertos que participaran en dichas Sesiones Tecnicas Regionales.
  546. Decimo.
  547. Primero. INVITAR a un delegado por cada una de las siguientes organizaciones de poblacion desplazada: a la Mesa Nacional de Fortalecimiento a Organizaciones de Poblacion Desplazada, a las Mesas Departamentales de Poblacion Desplazada de Antioquia, Bolivar, Cundinamarca, Magdalena, Narino, Santander, Tolima, y las Mesas Distritales o Municipales de Bogota, Cali, Medellin, Pasto, Barranquilla y Cartagena. Estas entidades podran participar en las Sesiones Tecnicas Regionales de conformidad con las entidades territoriales que les correspondan y hayan sido convocadas a cada Sesion Tecnica Regional, y deberan informar a la Corte a mas tardar el viernes tres (3) de noviembre de 2009, sobre su asistencia a dichas Sesiones Tecnicas Regionales.
  548. Decimo.
  549. Segundo. ORDENAR a las autoridades administrativas de orden nacional y territorial convocadas y a los invitados participantes a las SESIONES TECNICAS REGIONALES sobre coordinacion y corresponsabilidad entre la Nacion y las entidades territoriales en materia de atencion integral a la poblacion desplazada, que presenten los informes solicitados ante la Sala Especial de Seguimiento el dia de la realizacion de la Sesion Tecnica Regional, en forma escrita y con copia en medio magnetico. Las entidades territoriales no convocadas a las Sesiones Tecnicas Regionales, tendran plazo a mas tardar el 10 de julio de 2010 para la presentacion de la informacion solicitada a la Corte Constitucional.
  550. Para lo anterior, la Sala Especial de Seguimiento ha creado el siguiente correo electronico: sesionestecnicasregionalest-025@corteconstitucional.gov.co en donde las entidades territoriales podran allegar la informacion ordenada por la Sala, asi como solicitar la informacion adicional que estas entidades requieran.
  551. Decimo.
  552. Tercero. SOLICITAR a la Procuraduria General de la Nacion, a la Defensoria del Pueblo y a la Contraloria General de la Republica, que dentro del ambito de sus competencias constitucionales y legales, realicen una labor de seguimiento y verificacion de los avances en la coordinacion y corresponsabilidad entre la Nacion y las Entidades Territoriales en materia de atencion integral a la poblacion desplazada y garantia del goce efectivo de los derechos de esta poblacion, y que informen a la Corte sobre los resultados de esta labor, en cada Sesion Tecnica Regional convocada mediante la presente providencia, y entreguen a la Corte un informe final consolidado sobre la materia, a mas tardar el 10 de julio de 2010.
  553. Decimo.
  554. Cuarto. SOLICITAR a la Comision de Seguimiento a la Politica Publica de Atencion a la Poblacion Desplazada que continue realizando la labor de seguimiento y verificacion de los avances en la coordinacion y corresponsabilidad entre las entidades de nivel nacional y las entidades territoriales en materia de atencion integral a la poblacion desplazada y la garantia del goce efectivo de los derechos de esta poblacion, y que informe a la Corte sobre los resultados de esta labor en cada Sesion Tecnica Regional convocada mediante la presente providencia, y presente un informe final consolidado sobre la materia a mas tardar el 10 de julio de 2010.
  555. Decimo.
  556. Quinto. INVITAR a la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados -ACNUR- y al Consejo Noruego para Refugiados, para que de conformidad con sus mandatos expresos y si lo estiman conveniente, continuen enviando a la Corte sus observaciones y recomendaciones en relacion con su labor de acompanamiento y seguimiento respecto de los avances en la coordinacion y corresponsabilidad entre la Nacion y las Entidades Territoriales en materia de atencion integral a la poblacion desplazada y la garantia del goce efectivo de los derechos de esta poblacion.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela