Auto29 de octubre de 2009
A- de 2009
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓
Tema · dato duro
Seguimiento A La Sentencia T-025-04. Se Recibieron Informes De Diferentes Entidades Territoriales Y Universidades Respecto De La Situación Actual De Desplazamiento Forzado, La Corte Presenta Unas Consideraciones Y Conclusiones Relativas A La Coordinación Entre La Nación Y Las Entidades Territoriales En Materia De Atención Integral A La Población Desplazada Y Respecto Del Balance De Cumplimiento De Las Órdenes Emitidas Por Esta Corporación Respecto Del Tema. Se Fijan 7 Sesiones Técnicas Regionales, Para Ayudar A La Superación Del Estado De Cosas Inconstitucional, Se Da La Información Requerida Y Cuestionario De Preguntas Para Las Entidades Nacionales Y Territoriales Convocadas Para Dichas Sesiones Técnicas Regionales.
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (556 puntos)
- Primero. CITAR por medio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, a unas SESIONES TECNICAS REGIONALES sobre coordinacion y corresponsabilidad entre la Nacion y las Entidades Territoriales en materia de atencion integral a la poblacion desplazada, ante la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 y Autos de cumplimiento de la Corte Constitucional, a las siguientes entidades del orden nacional: al Ministro del Interior y de Justicia, al Ministro de Hacienda y Credito Publico, al Director del Departamento de Planeacion Nacional DNP, a las diferentes entidades que conforman el Consejo Nacional de Atencion Integral a la Poblacion Desplazada y al Director de Accion Social.
- Las entidades nacionales convocadas a las Sesiones Tecnicas Regionales deberan presentar un informe detallado y pormenorizado acerca de (i) el cumplimiento de las ordenes impartidas por la Corte en el Auto 07 de 2009; (ii) la informacion requerida por la Corte acerca de a) el diagnostico sobre las falencias y obstaculos que se presentan en la coordinacion entre la Nacion y las entidades territoriales para la atencion integral a la poblacion desplazada y el logro del goce efectivo de los derechos de esta poblacion; y b) una propuesta concreta de soluciones a las falencias y obstaculos de orden institucional, estructural, presupuestales y tecnicos encontrados; y (iii) las respuestas al cuestionario de preguntas elaborado por la Corte para cada entidad. Lo anterior, de conformidad con lo determinado en el numeral 3 del capitulo IX de la presente providencia.
- Segundo. FIJAR para la realizacion de la PRIMERA SESION TECNICA REGIONAL el dia jueves diecinueve (19) de noviembre de 2009, entre las ocho de la manana (8:00 AM) y las cinco de la tarde (5:00PM) en la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia del Palacio de Justicia.
- Tercero. CITAR, por medio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, para la PRIMERA SESION TECNICA REGIONAL sobre coordinacion y corresponsabilidad entre la Nacion y las entidades territoriales para la atencion integral a la poblacion desplazada, ante la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 y Autos de cumplimiento de la Corte Constitucional, a las siguientes autoridades territoriales de orden departamental, distrital y municipal, tanto a los gobernadores y alcaldes, como tambien a los secretarios departamentales, distritales y municipales de gobierno, hacienda y planeacion, y a los personeros, de dichas entidades territoriales:
- A los departamentos de Antioquia, Cundinamarca y Valle del Cauca.
- A las alcaldias distritales de Bogota D.C.
- A las alcaldias municipales de Medellin, Cali y Soacha.
- Las entidades territoriales convocadas a las Sesiones Tecnicas Regionales deberan presentar un informe detallado y pormenorizado acerca de (i) el cumplimiento de las ordenes impartidas por la Corte en el Auto 07 de 2009; (ii) la informacion requerida por la Corte acerca de a) el diagnostico sobre las falencias y obstaculos que se presentan en la coordinacion entre la Nacion y las entidades territoriales para la atencion integral a la poblacion desplazada y el logro del goce efectivo de los derechos de esta poblacion; b) una propuesta concreta de soluciones a las falencias y obstaculos de orden institucional, estructural, presupuestales y tecnicos encontrados; y c) sobre temas puntuales; y (iii) las respuestas al cuestionario de preguntas elaborado por la Corte para cada entidad. Lo anterior, de conformidad con lo determinado en el numeral 3 del capitulo IX de la presente providencia.
- Cuarto. FIJAR como fecha, lugar y entidades territoriales convocadas para la celebracion de las restantes Sesiones Tecnicas Regionales sobre coordinacion y corresponsabilidad entre la Nacion y las entidades territoriales para la atencion integral a la poblacion desplazada, las siguientes:
- 1. Para la realizacion de la segunda Sesion Tecnica Regional el dia jueves (03) de diciembre de 2009, entre las ocho de la manana (8:00 AM) y las cinco de la tarde (5:00PM) en la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia del Palacio de Justicia.
- Citar para esta Sesion Tecnica Regional a las autoridades territoriales de orden departamental, distrital y municipal, tanto a los gobernadores y alcaldes, como tambien a los secretarios departamentales, distritales y municipales de gobierno, hacienda y planeacion, y a los personeros, de los siguientes departamentos y municipios de la region de la costa caribe:
- Departamento y Municipios
- ATLANTICO
- BARRANQUILLA
- ATLANTICO
- MALAMBO
- ATLANTICO
- SOLEDAD
- BOLIVAR
- DEPARTAMENTO
- BOLIVAR
- BARRANCO DE LOBA
- BOLIVAR
- CANTAGALLO
- BOLIVAR
- CARTAGENA
- BOLIVAR
- CORDOBA
- BOLIVAR
- EL CARMEN DE BOLIVAR
- BOLIVAR
- MAGANGUE
- BOLIVAR
- MARIA LA BAJA
- BOLIVAR
- MONTECRISTO
- BOLIVAR
- MORALES
- BOLIVAR
- RIO VIEJO
- BOLIVAR
- SAN JACINTO
- BOLIVAR
- SAN JUAN NEPOMUCENO
- BOLIVAR
- SAN PABLO
- BOLIVAR
- SANTA ROSA
- BOLIVAR
- SANTA ROSA DEL SUR
- BOLIVAR
- SIMITI
- BOLIVAR
- TIQUISIO
- BOLIVAR
- ZAMBRANO
- CESAR
- AGUACHICA
- CESAR
- AGUSTIN CODAZZI
- CESAR
- ASTREA
- CESAR
- BECERRIL
- CESAR
- BOSCONIA
- CESAR
- CHIRIGUANA
- CESAR
- CURUMANI
- CESAR
- EL COPEY
- CESAR
- LA JAGUA DE IBIRICO
- CESAR
- LA PAZ
- CESAR
- PAILITAS
- CESAR
- PELAYA
- CESAR
- PUEBLO BELLO
- CESAR
- SAN DIEGO
- CESAR
- VALLEDUPAR
- CORDOBA
- MONTELIBANO
- CORDOBA
- MONTERIA
- CORDOBA
- PUERTO LIBERTADOR
- CORDOBA
- TIERRALTA
- CORDOBA
- VALENCIA
- LA GUAJIRA
- DIBULLA
- LA GUAJIRA
- DISTRACCION
- LA GUAJIRA
- EL MOLINO
- LA GUAJIRA
- MAICAO
- LA GUAJIRA
- RIOHACHA
- LA GUAJIRA
- SAN JUAN DEL CESAR
- MAGDALENA
- ARACATACA
- MAGDALENA
- CHIBOLO
- MAGDALENA
- CIENAGA
- MAGDALENA
- EL BANCO
- MAGDALENA
- EL RETEN
- MAGDALENA
- FUNDACION
- MAGDALENA
- PIVIJAY
- MAGDALENA
- PLATO
- MAGDALENA
- PUEBLOVIEJO
- MAGDALENA
- REMOLINO
- MAGDALENA
- SANTA ANA
- MAGDALENA
- SANTA MARTA
- MAGDALENA
- SITIONUEVO
- MAGDALENA
- ZONA BANANERA
- SUCRE
- CHALAN
- SUCRE
- COLOSO
- SUCRE
- COROZAL
- SUCRE
- GALERAS
- SUCRE
- GUARANDA
- SUCRE
- LOS PALMITOS
- SUCRE
- MAJAGUAL
- SUCRE
- MORROA
- SUCRE
- OVEJAS
- SUCRE
- SAN BENITO ABAD
- SUCRE
- SAN ONOFRE
- SUCRE
- SINCELEJO
- SUCRE
- SUCRE
- SUCRE
- TOLU VIEJO
- 2. Para la realizacion de la tercera Sesion Tecnica Regional el dia el jueves dieciocho (18) de febrero de 2010, entre las ocho de la manana (8:00 AM) y las cinco de la tarde (5:00PM) en la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia del Palacio de Justicia.
- Citar para esta Sesion Tecnica Regional a las autoridades territoriales de orden departamental, distrital y municipal, tanto a los gobernadores y alcaldes, como tambien a los secretarios departamentales, distritales y municipales de gobierno, hacienda y planeacion, y a los personeros, de los siguientes departamentos y municipios de la region sur oriental del pais:
- Departamentos y Municipios
- CAUCA
- ARGELIA
- CAUCA
- BALBOA
- CAUCA
- BOLIVAR
- CAUCA
- BUENOS AIRES
- CAUCA
- CAJIBIO
- CAUCA
- EL TAMBO
- CAUCA
- GUAPI
- CAUCA
- LA VEGA
- CAUCA
- LOPEZ
- CAUCA
- MIRANDA
- CAUCA
- PATIA
- CAUCA
- PIAMONTE
- CAUCA
- POPAYAN
- CAUCA
- SANTANDER DE QUILICHAO
- CAUCA
- TIMBIQUI
- CAUCA
- TORIBIO
- NARINO
- BARBACOAS
- NARINO
- CUMBITARA
- NARINO
- EL CHARCO
- NARINO
- LEIVA
- NARINO
- LOS ANDES
- NARINO
- OLAYA HERRERA
- NARINO
- PASTO
- NARINO
- POLICARPA
- NARINO
- ROBERTO PAYAN
- NARINO
- SAMANIEGO
- NARINO
- SANTA BARBARA
- NARINO
- TAMINANGO
- NARINO
- TUMACO
- PUTUMAYO
- LEGUIZAMO
- PUTUMAYO
- MOCOA
- PUTUMAYO
- ORITO
- PUTUMAYO
- PUERTO ASIS
- PUTUMAYO
- PUERTO CAICEDO
- PUTUMAYO
- PUERTO GUZMAN
- PUTUMAYO
- SAN MIGUEL
- PUTUMAYO
- VALLE DEL GUAMUEZ
- PUTUMAYO
- VILLAGARZON
- VALLE DEL CAUCA
- BUENAVENTURA
- VALLE DEL CAUCA
- CALI
- VALLE DEL CAUCA
- DAGUA
- VALLE DEL CAUCA
- JAMUNDI
- VALLE DEL CAUCA
- TULUA
- 3. Para la realizacion de la cuarta Sesion Tecnica Regional el dia jueves veinticinco (25) de marzo de 2010, entre las ocho de la manana (8:00 AM) y las cinco de la tarde (5:00PM) en la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia del Palacio de Justicia.
- Citar para esta Sesion Tecnica Regional a las siguientes autoridades territoriales de orden departamental, distrital y municipal, tanto a los gobernadores y alcaldes, como tambien a los secretarios departamentales, distritales y municipales de gobierno, hacienda y planeacion, y a los personeros, de los siguientes departamentos y municipios de la region sur occidental del pais:
- ARAUCA
- ARAUCA
- ARAUCA
- ARAUQUITA
- ARAUCA
- SARAVENA
- ARAUCA
- TAME
- CAQUETA
- BELEN DE LOS ANDAQUIES
- CAQUETA
- CARTAGENA DEL CHAIRA
- CAQUETA
- CURILLO
- CAQUETA
- EL DONCELLO
- CAQUETA
- EL PAUJIL
- CAQUETA
- FLORENCIA
- CAQUETA
- LA MONTANITA
- CAQUETA
- MILAN
- CAQUETA
- PUERTO RICO
- CAQUETA
- SAN JOSE DEL FRAGUA
- CAQUETA
- SAN VICENTE DEL CAGUAN
- CAQUETA
- SOLANO
- CAQUETA
- SOLITA
- CAQUETA
- VALPARAISO
- CASANARE
- CHAMEZA
- CASANARE
- YOPAL
- GUAINIA
- INIRIDA
- GUAVIARE
- CALAMAR
- GUAVIARE
- EL RETORNO
- GUAVIARE
- MIRAFLORES
- GUAVIARE
- SAN JOSE DEL GUAVIARE
- META
- ACACIAS
- META
- EL CASTILLO
- META
- GRANADA
- META
- LA MACARENA
- META
- LEJANIAS
- META
- MAPIRIPAN
- META
- MESETAS
- META
- PUERTO CONCORDIA
- META
- PUERTO LLERAS
- META
- PUERTO RICO
- META
- SAN JUAN DE ARAMA
- META
- URIBE
- META
- VILLAVICENCIO
- META
- VISTAHERMOSA
- VAUPES
- TARAIRA
- VICHADA
- CUMARIBO
- AMAZONAS
- LETICIA
- 4. Para la realizacion de la quinta Sesion Tecnica Regional el dia jueves veintinueve (29) de abril de 2010, entre las ocho de la manana (8:00 AM) y las cinco de la tarde (5:00PM) en la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia del Palacio de Justicia.
- Citar para esta Sesion Tecnica Regional a las siguientes autoridades territoriales de orden departamental, distrital y municipal, tanto a los gobernadores y alcaldes, como tambien a los secretarios departamentales, distritales y municipales de gobierno, hacienda y planeacion, y a los personeros, de los siguientes departamentos y municipios de la region nororiental del pais:
- ANTIOQUIA
- ABEJORRAL
- ANTIOQUIA
- ANORI
- ANTIOQUIA
- APARTADO
- ANTIOQUIA
- ARBOLETES
- ANTIOQUIA
- ARGELIA
- ANTIOQUIA
- BETULIA
- ANTIOQUIA
- CACERES
- ANTIOQUIA
- CAREPA
- ANTIOQUIA
- CAUCASIA
- ANTIOQUIA
- CHIGORODO
- ANTIOQUIA
- COCORNA
- ANTIOQUIA
- DABEIBA
- ANTIOQUIA
- EL BAGRE
- ANTIOQUIA
- FRONTINO
- ANTIOQUIA
- GRANADA
- ANTIOQUIA
- ITUANGO
- ANTIOQUIA
- MEDELLIN
- ANTIOQUIA
- MONTEBELLO
- ANTIOQUIA
- MURINDO
- ANTIOQUIA
- MUTATA
- ANTIOQUIA
- NARINO
- ANTIOQUIA
- NECOCLI
- ANTIOQUIA
- OLAYA
- ANTIOQUIA
- PEQUE
- ANTIOQUIA
- SAN CARLOS
- ANTIOQUIA
- SAN FRANCISCO
- ANTIOQUIA
- SAN JUAN DE URABA
- ANTIOQUIA
- SAN LUIS
- ANTIOQUIA
- SAN PEDRO DE URABA
- ANTIOQUIA
- SAN RAFAEL
- ANTIOQUIA
- SEGOVIA
- ANTIOQUIA
- SONSON
- ANTIOQUIA
- TARAZA
- ANTIOQUIA
- TURBO
- ANTIOQUIA
- URRAO
- ANTIOQUIA
- VIGIA DEL FUERTE
- ANTIOQUIA
- YONDO
- ANTIOQUIA
- ZARAGOZA
- CALDAS
- PENSILVANIA
- CALDAS
- SAMANA
- CHOCO
- ACANDI
- CHOCO
- ALTO BAUDO
- CHOCO
- BAGADO
- CHOCO
- BOJAYA
- CHOCO
- CARMEN DEL DARIEN
- CHOCO
- CONDOTO
- CHOCO
- EL CARMEN DE ATRATO
- CHOCO
- ISTMINA
- CHOCO
- JURADO
- CHOCO
- MEDIO ATRATO
- CHOCO
- NOVITA
- CHOCO
- NUQUI
- CHOCO
- QUIBDO
- CHOCO
- RIOSUCIO
- CHOCO
- SAN JOSE DEL PALMAR
- CHOCO
- TADO
- CHOCO
- UNGUIA
- RISARALDA
- PUEBLO RICO
- 5. Para la realizacion de la sexta Sesion Tecnica Regional el dia jueves veintisiete (27) de mayo de 2010, entre las ocho de la manana (8:00 AM) y las cinco de la tarde (5:00PM) en la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia del Palacio de Justicia.
- Citar para esta Sesion Tecnica Regional a las siguientes autoridades territoriales de orden departamental, distrital y municipal, tanto a los gobernadores y alcaldes, como tambien a los secretarios departamentales, distritales y municipales de gobierno, hacienda y planeacion, y a los personeros, de los siguientes departamentos y municipios de la region noroccidental del pais:
- NORTE DE SANTANDER
- CONVENCION
- NORTE DE SANTANDER
- CUCUTA
- NORTE DE SANTANDER
- EL CARMEN
- NORTE DE SANTANDER
- EL TARRA
- NORTE DE SANTANDER
- OCANA
- NORTE DE SANTANDER
- SAN CALIXTO
- NORTE DE SANTANDER
- SARDINATA
- NORTE DE SANTANDER
- TEORAMA
- NORTE DE SANTANDER
- TIBU
- SANTANDER
- BARRANCABERMEJA
- SANTANDER
- BUCARAMANGA
- SANTANDER
- PUERTO WILCHES
- SANTANDER
- SABANA DE TORRES
- 6. Para la realizacion de la septima Sesion Tecnica Regional el dia jueves veinticuatro (24) de junio de 2010, entre las ocho de la manana (8:00 AM) y las cinco de la tarde (5:00PM) en la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia del Palacio de Justicia.
- Citar para esta Sesion Tecnica Regional a las siguientes autoridades territoriales de orden departamental, distrital y municipal, tanto a los gobernadores y alcaldes, como tambien a los secretarios departamentales, distritales y municipales de gobierno, hacienda y planeacion, y a los personeros, de los siguientes departamentos y municipios de la region andina del pais:
- BOYACA
- PISBA
- CUNDINAMARCA
- LA PALMA
- CUNDINAMARCA
- SOACHA
- CUNDINAMARCA
- VIOTA
- HUILA
- ALGECIRAS
- HUILA
- COLOMBIA
- HUILA
- GARZON
- HUILA
- NEIVA
- HUILA
- PITALITO
- TOLIMA
- ATACO
- TOLIMA
- CHAPARRAL
- TOLIMA
- COYAIMA
- TOLIMA
- CUNDAY
- TOLIMA
- DOLORES
- TOLIMA
- IBAGUE
- TOLIMA
- LIBANO
- TOLIMA
- NATAGAIMA
- TOLIMA
- ORTEGA
- TOLIMA
- PLANADAS
- TOLIMA
- PRADO
- TOLIMA
- RIOBLANCO
- TOLIMA
- ROVIRA
- TOLIMA
- SAN ANTONIO
- 7. Determinar que a las anteriores SESIONES TECNICAS REGIONALES deberan asistir las autoridades territoriales convocadas: gobernadores y alcaldes, como tambien los respectivos secretarios departamentales, distritales y municipales de gobierno, hacienda y planeacion, de dichas entidades territoriales.
- Que la Corte podra decidir en su oportunidad la celebracion de algunas de dichas Sesiones Tecnicas Regionales en regiones del pais.
- Que la Sala Especial de Seguimiento podra convocar en su debido momento a otras entidades territoriales a las Sesiones Tecnicas Regionales.
- Que la presente providencia y los resultados de las Sesiones Tecnicas Regionales seran comunicados por la Corte Constitucional a todas las entidades territoriales del pais. Por tanto, aquellas entidades territoriales que no hayan sido convocadas por la Corte a las Sesiones Tecnicas Regionales, tendran al igual que las entidades territoriales que hayan sido convocadas a dichas Sesiones Tecnicas Regionales, la obligacion de allegar a la Corte Constitucional, a mas tardar el 10 de julio de 2010, la informacion solicitada y el cuestionario de preguntas formulado por la Corte.
- Quinto. DETERMINAR que la metodologia de cada una de las SESIONES TECNICAS REGIONALES convocadas, tendra en cuenta la prevalencia de la intervencion por parte de las entidades territoriales citadas, dado el caracter y los objetivos de estas Sesiones, asi como el gran numero de entidades territoriales citadas. A las entidades nacionales, a los organismos de control y a las organizaciones nacionales e internacionales invitadas, la Corte les podra solicitar, si es del caso, presentar la informacion solo por escrito. La informacion aportada por las entidades nacionales, organismos de control y organizaciones nacionales e internacionales, asi como sus observaciones respecto de lo expuesto por las entidades territoriales, sera remitida por la Corte a las entidades territoriales. Asi mismo, la Corte podra solicitar a las entidades territoriales de orden municipal citadas, que se agrupen y organicen por subregiones, de conformidad con su cercania geografica y la caracterizacion comun de la problematica sobre desplazamiento, con el fin de que designen un vocero que intervenga en nombre de ellas en las Sesiones Tecnicas Regionales ante la Sala Especial de Seguimiento. La metodologia de cada Sesion Tecnica Regional, dada la especificidad de cada una de ellas, sera decidida y comunicada oportunamente por la Corte antes de la realizacion de las mismas.
- Sexto. ORDENAR al Ministerio del Interior y de Justicia, que coordine conjuntamente con las entidades que integran el Consejo Nacional para la Atencion Integral a la Poblacion Desplazada CNAIPD y la Comision de Seguimiento a la Politica Publica de Atencion a la Poblacion Desplazada, la realizacion de unas sesiones tecnicas preparatorias de las SESIONES TECNICAS REGIONALES convocadas por la Corte sobre coordinacion y corresponsabilidad entre la Nacion y las entidades territoriales en materia de atencion integral a la poblacion desplazada, sesiones preparatorias en las que deberan participar las entidades territoriales convocadas a las sesiones tecnicas regionales respectivas.
- Las sesiones tecnicas preparatorias debera coordinarlas y realizarlas el Ministerio del Interior, a partir de la realizacion de la primera Sesion Tecnica Regional el diecinueve (19) de noviembre de 2009, con el fin de preparar las siguientes sesiones tecnicas convocadas para las fechas establecidas en el ordinal
- tercero. de la parte resolutiva de esta providencia.
- Septimo. ORDENAR al Ministro del Interior y de Justicia que garantice, conjuntamente con el Ministro de Hacienda y Credito Publico, y el Director del Departamento Nacional de Planeacion DNP, la incorporacion de las partidas y asignaciones presupuestales necesarias y suficientes en el Presupuesto General de la Nacion, asi como la ejecucion de las mismas, a partir del presupuesto del ano 2010 y en adelante, con el fin de garantizar la prevencion del desplazamiento forzado, la atencion integral a la poblacion desplazada, y el goce efectivo de derechos de las victimas del desplazamiento forzado, hasta superar el estado de cosas inconstitucional. Para el cumplimiento de lo anterior, se debera tener en cuenta los estudios tecnicos sobre estimacion de costos para la atencion integral a poblacion desplazada, del Departamento Nacional de Planeacion y del Ministerio de Hacienda. El Ministerio del Interior y de Justicia y el Ministerio de Hacienda y Credito Publico, deberan presentar informacion a la Corte Constitucional, durante el proceso de debate y aprobacion del Presupuesto General de la Nacion de cada vigencia fiscal, y una vez aprobado el Presupuesto General de la Nacion de cada vigencia fiscal, de conformidad con lo ordenado en el Auto 08 de 2009. Asi mismo, estas entidades del gobierno nacional deberan presentar esta informacion sobre el presupuesto destinado y ejecutado por el Gobierno Nacional para la atencion integral de la poblacion desplazada, en las Sesiones Tecnicas Regionales convocadas mediante esta providencia.
- Octavo. ORDENAR a todas las autoridades de entidades territoriales del pais, gobernadores, alcaldes distritales y municipales, que garanticen la incorporcion de las partidas y asignaciones presupuestales necesarias y suficientes en los respectivos presupuestos departamentales, distritales y municipales, asi como la ejecucion de las mismas, a partir de los presupuestos del ano 2010 y en adelante, con el fin de garantizar la prevencion del desplazamiento forzado, la atencion integral a la poblacion desplazada, y el goce efectivo de derechos de las victimas del desplazamiento forzado. Para lo anterior, el Departamento de Planeacion Nacional, conjuntamente con el Ministerio de Hacienda y Credito Publico, el Ministerio del Interior y de Justicia y las autoridades territoriales, coordinara los estudios tecnicos necesarios para que dicha inclusion y asignacion presupuestal en los presupuestos territoriales sea eficaz y efectiva. De lo anterior, tanto el Departamento Nacional de Planeacion, el Ministerio de Hacienda y Credito Publico, el Ministerio del Interior y de Justicia, y cada una de entidades territoriales del pais, deberan presentar informacion ante la Corte Constitucional, durante el proceso de debate y aprobacion del Presupuesto de cada vigencia fiscal de cada entidad territorial, y una vez aprobado el Presupuesto de cada vigencia fiscal de la entidad territorial respectiva. Asi mismo, la informacion relativa al presupuesto destinado y ejecutado por los gobiernos territoriales debera presentarse por las autoridades locales en cada una de las Sesiones Tecnicas Regionales convocadas mediante la presente providencia.
- Noveno. INVITAR, por medio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, al Procurador General de la Nacion, al Defensor del Pueblo, al Contralor General de la Republica, y a la Comision de Seguimiento a la Politica Publica para el Desplazamiento Forzado, a las SESIONES TECNICAS REGIONALES sobre coordinacion y corresponsabilidad entre la Nacion y las entidades territoriales en materia de atencion integral a poblacion desplazada, quienes podran intervenir en la Sesion Tecnica de conformidad con los criterios metodologicos que fije la Corte. Estas entidades deberan informar a la Corte a mas tardar el martes tres (3) de noviembre de 2009, sobre los asistentes a dichas Sesiones Tecnicas Regionales.
- Decimo. INVITAR, por medio de la Secretaria General de esta Corporacion, a la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados -ACNUR- y al Consejo Noruego para Refugiados, para que participen en las SESIONES TECNICAS REGIONALES sobre coordinacion y corresponsabilidad entre la Nacion y las entidades territoriales en materia de atencion integral a la poblacion desplazada ante la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 y Autos de cumplimiento. El organismo internacional debera informar a mas tardar el martes tres (3) de noviembre de 2009, el nombre del representante y de los expertos que participaran en dichas Sesiones Tecnicas Regionales.
- Decimo.
- Primero. INVITAR a un delegado por cada una de las siguientes organizaciones de poblacion desplazada: a la Mesa Nacional de Fortalecimiento a Organizaciones de Poblacion Desplazada, a las Mesas Departamentales de Poblacion Desplazada de Antioquia, Bolivar, Cundinamarca, Magdalena, Narino, Santander, Tolima, y las Mesas Distritales o Municipales de Bogota, Cali, Medellin, Pasto, Barranquilla y Cartagena. Estas entidades podran participar en las Sesiones Tecnicas Regionales de conformidad con las entidades territoriales que les correspondan y hayan sido convocadas a cada Sesion Tecnica Regional, y deberan informar a la Corte a mas tardar el viernes tres (3) de noviembre de 2009, sobre su asistencia a dichas Sesiones Tecnicas Regionales.
- Decimo.
- Segundo. ORDENAR a las autoridades administrativas de orden nacional y territorial convocadas y a los invitados participantes a las SESIONES TECNICAS REGIONALES sobre coordinacion y corresponsabilidad entre la Nacion y las entidades territoriales en materia de atencion integral a la poblacion desplazada, que presenten los informes solicitados ante la Sala Especial de Seguimiento el dia de la realizacion de la Sesion Tecnica Regional, en forma escrita y con copia en medio magnetico. Las entidades territoriales no convocadas a las Sesiones Tecnicas Regionales, tendran plazo a mas tardar el 10 de julio de 2010 para la presentacion de la informacion solicitada a la Corte Constitucional.
- Para lo anterior, la Sala Especial de Seguimiento ha creado el siguiente correo electronico: sesionestecnicasregionalest-025@corteconstitucional.gov.co en donde las entidades territoriales podran allegar la informacion ordenada por la Sala, asi como solicitar la informacion adicional que estas entidades requieran.
- Decimo.
- Tercero. SOLICITAR a la Procuraduria General de la Nacion, a la Defensoria del Pueblo y a la Contraloria General de la Republica, que dentro del ambito de sus competencias constitucionales y legales, realicen una labor de seguimiento y verificacion de los avances en la coordinacion y corresponsabilidad entre la Nacion y las Entidades Territoriales en materia de atencion integral a la poblacion desplazada y garantia del goce efectivo de los derechos de esta poblacion, y que informen a la Corte sobre los resultados de esta labor, en cada Sesion Tecnica Regional convocada mediante la presente providencia, y entreguen a la Corte un informe final consolidado sobre la materia, a mas tardar el 10 de julio de 2010.
- Decimo.
- Cuarto. SOLICITAR a la Comision de Seguimiento a la Politica Publica de Atencion a la Poblacion Desplazada que continue realizando la labor de seguimiento y verificacion de los avances en la coordinacion y corresponsabilidad entre las entidades de nivel nacional y las entidades territoriales en materia de atencion integral a la poblacion desplazada y la garantia del goce efectivo de los derechos de esta poblacion, y que informe a la Corte sobre los resultados de esta labor en cada Sesion Tecnica Regional convocada mediante la presente providencia, y presente un informe final consolidado sobre la materia a mas tardar el 10 de julio de 2010.
- Decimo.
- Quinto. INVITAR a la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados -ACNUR- y al Consejo Noruego para Refugiados, para que de conformidad con sus mandatos expresos y si lo estiman conveniente, continuen enviando a la Corte sus observaciones y recomendaciones en relacion con su labor de acompanamiento y seguimiento respecto de los avances en la coordinacion y corresponsabilidad entre la Nacion y las Entidades Territoriales en materia de atencion integral a la poblacion desplazada y la garantia del goce efectivo de los derechos de esta poblacion.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.